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Martes, 20 de octubre de 2026
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Senado aprueba proyecto que enmienda la Ley de Transparencia y limita acceso a la información

El proyecto introduce un nuevo artículo que impone multas de hasta $100 diarios a las agencias o entidades que incumplan una resolución judicial que les ordene divulgar información.

Tatiana Matos Veloz

· 2 min de lectura

Senado aprueba proyecto que enmienda la Ley de Transparencia y limita acceso a la información

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San Juan– El Senado de Puerto Rico aprobó el martes el Proyecto del Senado 63, impulsado por su presidente Thomas Rivera Schatz, que busca enmendar la “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”, con el objetivo de ajustar los plazos, responsabilidades y sanciones en los procesos de solicitud de datos gubernamentales.

La medida, según su autor, pretende “establecer un balance entre el derecho ciudadano y la capacidad operativa de las agencias”, aunque ha recibido rechazo de organizaciones civiles que consideran que podría limitar la agilidad del acceso a la información pública.

Rivera Schatz: “No limita el acceso, busca razonabilidad”

Durante el debate legislativo, Rivera Schatz defendió la medida y aseguró que “no limita el acceso a la información”, sino que busca mayor orden y responsabilidad administrativa.

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“Este proyecto no limita el acceso a la información. Sencillamente trae un escenario donde la razonabilidad debe ser la orden del día. Además, establece consecuencias económicas para las agencias que incumplan”, expresó el presidente senatorial.

Nuevos plazos y requisitos para solicitudes de información

La legislación duplica los plazos de entrega de información, pasando de 10 a 20 días laborables para oficinas centrales y de 15 a 30 días para oficinas regionales. Se incluye una prórroga máxima adicional de 20 días.
Si la agencia no responde dentro del periodo, se presume una denegatoria automática, lo que faculta al ciudadano a acudir al tribunal.

El proyecto también requiere que el solicitante notifique al jefe de agencia y al presidente de la rama correspondiente, así como incluir su dirección postal o electrónica. Las solicitudes que no cumplan con ese procedimiento podrán considerarse defectuosas.

Además, se dispone que las agencias asignen Oficiales de Información encargados de recibir, registrar y tramitar las peticiones, publicar informes mensuales y mantener los datos disponibles en los portales institucionales.

El proyecto introduce un nuevo artículo que impone multas de hasta $100 diarios (máximo $18,000) a las agencias o entidades que incumplan una resolución judicial que les ordene divulgar información.
Estas sanciones podrán aplicarse de manera retroactiva a casos pendientes.

También se crea un Recurso Especial de Acceso a Información Pública ante el Tribunal de Primera Instancia, sin necesidad de abogado ni aranceles, mediante un formulario simplificado. Los jueces podrán resolver los casos en un plazo breve y sus decisiones podrán ser revisadas por el Tribunal de Apelaciones.

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